La resolución n. 4466 del 25 de febrero de 2009 de la Suprema Corte di Cassazione a Sezioni Unite aborda una cuestión significativa sobre la ciudadanía italiana, particularmente en relación con la transmisión de la ciudadanía por parte de las mujeres italianas a sus hijos nacidos antes del 1 de enero de 1948.
Históricamente, el artículo 10 de la Ley 555 de 1912 estipulaba que las mujeres italianas perdían su ciudadanía al casarse con un extranjero. Esta disposición legal creó una situación en la que los hijos nacidos de estas mujeres antes de 1948 no podían ser reconocidos automáticamente como ciudadanos italianos, ya que la transmisión de la ciudadanía estaba basada en el principio de “ius sanguinis” (derecho de sangre) a través del padre.
La sentencia de la Suprema Corte di Cassazione a Sezioni Unite en 2009 se basó en principios establecidos por la Corte Constitucional italiana en sentencias anteriores, como la Nº 87 de 1975 y la Nº 30 de 1983. Estas sentencias reconocieron que algunas disposiciones de la legislación italiana sobre ciudadanía discriminaban a las mujeres en la transmisión de la ciudadanía eran inconstitucionales y violaban el principio de igualdad.
La resolución n. 4466 del 2009 reafirmó estos principios y reconoció que los hijos nacidos antes del 1 de enero de 1948 de mujeres italianas que habían perdido su ciudadanía al casarse con extranjeros tienen derecho a ser reconocidos como ciudadanos italianos. Este fallo marcó un cambio significativo, permitiendo a muchas personas obtener la ciudadanía italiana por via judicial a pesar de las restricciones anteriores.
Esta resolución aborda la corrección de una injusticia histórica relacionada con la ciudadanía italiana, asegurando que la ciudadanía pueda ser transmitida a través de la madre, incluso en casos anteriores a 1948, eliminando la discriminación basada en el género en la transmisión de la ciudadanía.